En DQ disponemos de las universidades y los protocolos que facilitan que nuestros alumnos certificados puedan realizar transferencia de créditos de las horas de estudio realizadas en instituciones educativas que cuenten con nuestra certificación, para que los alumnos accedan a titulaciones de universidades del país en el que desean trabajar.

Si un alumno no puede obtener el permiso necesario para trabajar, disponer de certificaciones universitarias puede ser una ventaja para resolver cualquier incidencia legal relacionada con trámites migratorios. La Agencia Universitaria DQ es la vía para que estas personas obtengan un diploma o certificado emitido por universidades oficiales de reconocido prestigio, de modo que resolvamos este problema y se pueda acceder al país en el que se pretende trabajar.

Si eres egresado de cursos de capacitación o programas de educación continua, licenciatura, bachelor, máster o doctorado de universidades y centros de formación que cuentan con nuestra acreditación, desde la Agencia Universitaria DQ trabajamos para que puedas disfrutar de dobles titulaciones que favorezcan tu crecimiento académico y la posibilidad de establecerte laboralmente para trabajar en diversos países. Nuestro trabajo con universidades públicas o privadas de USA, México, Ecuador, Colombia, Perú, Bolivia, Venezuela o Cuba, facilitan que puedas tener título de una universidad de dichos países y que puedas trabajar o proseguir estudios a un nivel superior sin ningún problema.

Requisitos para la transferencia de créditos para formaciones acreditadas por DQ

Los requisitos para que puedas acceder a este servicio serán:

  1. Disponer de Certificado Universitario Internacional DQ.

  2. Cumplir con los requisitos de acceso a la universidad y a cada nivel educativo. Por ejemplo, para acceder a una licenciatura se requiere de bachiller o equivalente. Para un master se requiere licenciatura o equivalente.

Las transferencias pueden ser totales o parciales.

  • Se trata de transferencia total cuando el programa y duración que el alumno ha realizado es equivalente en programa y duración al título que obtendrá de la nueva universidad.
  • Es transferencia parcial cuando se requiere de que el alumno curse alguna asignatura.
  • Del mismo modo, hay cursos que corresponden a asignaturas que se podrán tramitar como transferidas y convalidadas, para que el alumno acceda al correspondiente expediente académico o transcript emitido por la nueva universidad de destino.

Nuestros ejemplos más recientes se han establecido entre:

México y Estados Unidos, para lo que se ha celebrado acuerdo mediante el cual los estudiantes de la Universidad de las Naciones de México disponen de titulaciones de SABAL University de Estados Unidos para sus alumnos, en modalidad de dobles titulaciones para masters y licenciaturas que pasan a ofrecer bachelors. También el acuerdo alcanza a las formaciones de educación continua, a través de doble diploma, sumando al de Universidad de las Naciones el de SABAL University.

España y Estados Unidos, donde el Centro de Estudios de Innovación CEI dispone de varios MBA oficiales de la SABAL University y también de dobles titulaciones para sus masters, así como para sus cursos y educación continua.

Convalidación de créditos ECTS en España a través del Certificado Universitario Internacional DQ

El EEES (Espacio Europeo de Educación Superior) es un sistema educativo único en el que diferentes países se unen para disfrutar de una única estructura y una medida común; el Crédito ECTS (European Credit Transfer System). Como medida de duración de estudios creada para estandarizar la transferencia interuniversitaria, toda universidad que acepte formaciones realizadas fuera del EEES, realiza a estudiantes extranjeros una valoración de transferencia. Para ello, es necesario homologar el programa cursado y valorar si existe equivalencia con la oferta educativa de la universidad de destino. Por lo tanto, es este punto en el que la Agencia Universitaria DQ comienza a trabajar, certificando la equivalencia a ECTS del programa que previamente hemos auditado, acreditado y contrastado por su calidad educativa y adaptación a los estándares europeos.

¿Cómo es el proceso para gestionar el reconocimiento o convalidación de ECTS?

España dispone de un sistema universitario en el que las universidades se dividen entre universidades privadas y universidades públicas. Las universidades públicas, gestionadas por el Ministerio de Universidades, obedecen sus procesos al desarrollo de un marco legal común, en el que las Comunidades Autónomas pueden introducir ciertas peculiaridades, pero, todas ellas han de respetar el principio de acceso universal y accesibilidad a la formación superior. Las universidades privadas, sin embargo, tienen un régimen de autogestión muy amplio, con una libertad prácticamente total para definir sus estatutos y funcionamiento, así como para autoevaluar su calidad. Este sistema tan heterogéneo nos obliga a establecer metodologías muy personalizadas si se desea actuar profesionalmente como organismo gestor de transferencias, que es el caso de la Agencia Universitaria DQ.

Este escenario hace que las personas que dispongan de formación realizada fuera del EEES tengan que atender, en primer lugar, a los estatutos de cada universidad, cuando desean acceder a universidades privadas españolas. Este será el paso inicial del trabajo que la Agencia Universitaria DQ realiza a los alumnos que han obtenido un Certificado Universitario Internacional:

  • Selección de universidad española que admita la tramitación de convalidaciones sobre estudios universitarios realizados fuera del EEES.
  • En caso de que la universidad que se seleccione admita convalidación de títulos propios extranjeros, atenderemos a la equivalencia y coincidencia entre contenido y duración que haya entre el curso o «formación de ingreso» y alguna asignatura de la «universidad de destino» (la universidad española). Aunque la universidad admita títulos propios extranjeros, es necesario que exista esta equivalencia entre contenido y duración y, en caso contrario, siempre será imposible disponer de convalidación o reconocimiento.
  • Si se de la coincidencia y se puede entender que se ha estudiado un contenido equivalente a una o varias asignaturas de «universidad de destino», podremos comenzar la presentación documental para gestionar el otorgamiento de la convalidación, que la «universidad de destino» resolverá.

Ejemplos de universidades españolas (públicas y privadas), que aceptan convalidación y reconocimiento de títulos propios extranjeros

España dispone de un sistema universitario en el que las universidades se dividen entre universidades privadas y universidades públicas. Las universidades públicas, gestionadas por el Ministerio de Universidades, obedecen sus procesos al desarrollo de un marco legal común, en el que las Comunidades Autónomas pueden introducir ciertas peculiaridades, pero, todas ellas han de respetar el principio de acceso universal y accesibilidad a la formación superior. Las universidades privadas, sin embargo, tienen un régimen de autogestión muy amplio, con una libertad prácticamente total para definir sus estatutos y funcionamiento, así como para autoevaluar su calidad. Este sistema tan heterogéneo nos obliga a establecer metodologías muy personalizadas si se desea actuar profesionalmente como organismo gestor de transferencias, que es el caso de la Agencia Universitaria DQ.

Este escenario hace que las personas que dispongan de formación realizada fuera del EEES tengan que atender, en primer lugar, a los estatutos de cada universidad, cuando desean acceder a universidades privadas españolas. Este será el paso inicial del trabajo que la Agencia Universitaria DQ realiza a los alumnos que han obtenido un Certificado Universitario Internacional:

  • Selección de universidad española que admita la tramitación de convalidaciones sobre estudios universitarios realizados fuera del EEES.
  • En caso de que la universidad que se seleccione admita convalidación de títulos propios extranjeros, atenderemos a la equivalencia y coincidencia entre contenido y duración que haya entre el curso o «formación de ingreso» y alguna asignatura de la «universidad de destino» (la universidad española). Aunque la universidad admita títulos propios extranjeros, es necesario que exista esta equivalencia entre contenido y duración y, en caso contrario, siempre será imposible disponer de convalidación o reconocimiento.
  • Si se de la coincidencia y se puede entender que se ha estudiado un contenido equivalente a una o varias asignaturas de «universidad de destino», podremos comenzar la presentación documental para gestionar el otorgamiento de la convalidación, que la «universidad de destino» resolverá.

A continuación, proponemos 5 universidades cuyas normativas facilitan la convalidación de créditos de estudios propios universitarios de universidades extranjeras. Figuran los enlaces que conducen a la normativa y los detalles relevantes para el proceso en cada una de ellas. Figuran en los ejemplos, universidades públicas y privadas:

1.- Universidad de Zaragoza https://academico.unizar.es/grado-y-master/reconocimiento-y-transferencia-de-creditos/reconocimiento-y-transferencia-creditos .

“Podrán reconocerse créditos por estudios no universitarios: enseñanzas artísticas superiores, ciclos formativos de grado superiores, enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño de grado superior y enseñanzas deportivas de grado superior. El número de créditos que sean objeto de reconocimiento no podrá ser superior al 15 % del total de los créditos del plan de estudios. Estos créditos se incorporarán al expediente con la calificación de «Apto», por lo que no se computarán a efectos de baremación del expediente académico (artículo 13).”

“Podrán reconocerse créditos por títulos propios: El número de créditos que sean objeto de reconocimiento no podrá ser superior al 15 % del total de los créditos que constituyen el plan de estudios. Estos créditos se incorporarán al expediente con la calificación de “Apto”, por lo que no se computarán a efectos de baremación del expediente académico.  No obstante, excepcionalmente, podrán ser objeto de un reconocimiento en un porcentaje superior al señalado, o en su caso ser objeto de un reconocimiento total siempre que el correspondiente título propio haya sido extinguido y sustituido por un título oficial de Máster universitario. Para ello, la memoria de verificación del nuevo máster universitario deberá hacer constar tal circunstancia (artículo 13).”

Otra información de interés:

Lugar de presentación de la solicitud.

La solicitud se presentará en la secretaría del centro donde se impartan los estudios en los que se solicita el reconocimiento.

También podrá presentarse de acuerdo con lo contemplado en el artículo 16 de la Ley 39/2015, del Procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE de 2 de octubre).

Plazo de presentación de la solicitud

En la primera quincena del mes de septiembre y en la primera quincena del mes de enero, salvo que el centro haya establecido otros plazos (se recomienda consultar en el centro correspondiente).

Documentación a aportar

Junto con la solicitud de deberá aportar:

  1. Fotocopia y original para su cotejo, o fotocopia compulsada, de la certificación académica personal del expediente universitario de origen; no será necesario presentar esta certificación cuando el expediente sea de la Universidad de Zaragoza.
  2. Fotocopia sellada de los programas/contenidos/competencias de las diferentes asignaturas cursadas.
  3. Para el reconocimiento por experiencia laboral se deberá aportar copia de la vida laboral o del contrato con la indicación de la categoría laboral del contratado, incluyendo el tiempo de duración del mismo, así como un informe sobre las actividades realizadas.
  4. Las certificaciones y los documentos oficiales expedidos en el extranjero deberán presentarse legalizados por vía diplomática o, en su caso, mediante la apostilla del Convenio de la Haya (este requisito no será se exigirá a los documentos expedidos por las autoridades de los Estados miembros de la UE o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo).
  5. Los documentos deberán ir acompañados, en su caso, de la correspondiente traducción oficial al castellano (excepto si están en idioma inglés).

Resolución

La Comisión de Garantía de la Calidad del Grado resolverá las solicitudes mediante la comprobación de la adecuación entre las competencias y conocimientos asociados a las asignaturas realmente cursadas y superadas en la enseñanza de origen y las previstas en la enseñanza de llegada, atendiendo al valor formativo conjunto de las actividades académicas. La solicitud deberá resolverse en el siguiente periodo de matriculación previsto en el calendario académico (art. 21).

Recursos

Las resoluciones de reconocimiento de créditos podrán ser recurridas ante la Comisión de Estudios de Grado o de Postgrado de la Universidad en el plazo de un mes a partir de su recepción por parte del interesado.”

2.- Universidad Abierta de Cataluña. UOC.

https://estudios.uoc.edu/es/convalidacion-reconocimiento-creditos donde se especifica:

“Evaluación de estudios previos. La evaluación de estudios previos (EEP) es el trámite que deben solicitar los estudiantes que quieran convalidar los estudios que han cursado en la UOC o en cualquier otra universidad. Estudios y actividades que pueden ser susceptibles de reconocimiento de créditos: Titulaciones propias cursadas en universidades o centros de enseñanza superior.”

3.- Universidad de Córdoba. UCO.

  1. ADMISIÓN DE ESTUDIANTES QUE DESEEN CONTINUAR ESTUDIOS DE GRADO EN LA UNIVERSIDAD DE CÓRDOBA POR RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS (TRASLADOS DE EXPEDIENTE). https://www.uco.es/servicios/sega/anuncios/acceso-y-admision .
  2. Solicitud admisión por reconocimiento de créditos:
  1. Reglamento 24/2019 de Régimen Académico de los Estudios Oficiales de Grado de la Universidad de Córdoba;

https://sede.uco.es/bouco/bandejaAnuncios/BOUCO/2024/0011  

Aquí se especifica:

“Artículo 38. Reconocimiento de créditos por estudios universitarios no oficiales y por experiencia profesional.

  1. También podrán ser objeto de reconocimiento los créditos obtenidos en enseñanzas

universitarias conducentes a la obtención de otros títulos, de conformidad con lo establecido en la normativa estatal vigente.

  1. Igualmente, la experiencia laboral y profesional acreditada podrá ser reconocida en forma de créditos que computarán a efectos de la obtención de un título oficial de Grado, siempre que dicha experiencia esté relacionada con las competencias inherentes a dicho título.
  2. El número de créditos que sean objeto de reconocimiento a partir de experiencia profesional o laboral y de enseñanzas universitarias no oficiales no podrá ser superior, en su conjunto, al 15 por ciento del total de créditos que constituyen el plan de estudios del título en el que deban surtir efecto. El reconocimiento de estos créditos no incorporará calificación de los mismos por lo que no computarán a efectos de baremación del expediente.
  3. No obstante lo anterior, los créditos procedentes de títulos propios podrán, excepcionalmente, ser objeto de reconocimiento en un porcentaje superior al señalado en el párrafo anterior o, en su caso, ser objeto de reconocimientos en su totalidad siempre que el correspondiente título propio haya sido extinguido y sustituido por un título oficial, siempre y cuando esta circunstancia se haya hecho constar en la memoria de verificación del título oficial y se haya obtenido, para este reconocimiento, el visto bueno expreso del órgano competente de evaluación de títulos oficiales del Estado o de la Comunidad Autónoma.”

4.- UNED

NORMATIVA PARA RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS DEL GRADO EN PSICOLOGÍA POR CRÉDITOS OBTENIDOS EN TÍTULOS PROPIOS Y POR EXPERIENCIA PROFESIONAL

https://www.uned.es/universidad/inicio/estudios/formacion-permanente/cursos/pea-estres/convalidaciones.html 

5.- UNIR

Normativa de Reconocimiento y Transferencia de Créditos de la Universidad Internacional de La Rioja;

https://www.unir.net/universidad-online/normativa/ 

Capítulo III. Reconocimiento de créditos. Especificidades

“Artículo 9. Reconocimiento de experiencia laboral y profesional y de enseñanzas universitarias no oficiales

  1. Reconocimiento de enseñanzas universitarias no oficiales

Podrán reconocerse créditos por enseñanzas universitarias no oficiales siempre que hayan sido impartidas por una Universidad legalmente reconocida y el diploma o título correspondiente advere la realización de la evaluación del aprendizaje.

El reconocimiento de estos créditos se calificará como APTO y no computarán a efectos de baremación del expediente.

El número de créditos que sean objeto de reconocimiento a partir de experiencia profesional o laboral y de enseñanzas universitarias no oficiales no podrá ser superior, en su conjunto, al 15 por ciento del total de créditos que constituyen el plan de estudios, salvo en el caso previsto en el artículo 6.4. del Real Decreto 1393/2007.”

Pasión – Dedicación – Profesionalidad

Opiniones de la Agencia Universitaria DQ

Opiniones de alumnos satisfechos con nuestros servicios.

Tramité el Certificado Universitario Internacional a través de la academia donde estudié. Gracias a la Agencia Universitaria DQ, pude enriquecer mi CV con una certificación de soft skills que presenté en mi entrevista de trabajo.

Julián Gálvez – España

Gracias a la Agencia Universitaria DQ pude convalidar mis estudios universitarios en Estados Unidos. Se encargaron de todo el proceso y la documentación necesaria me llegó a casa en menos de un mes. Eternamente agradecida.

Nidia Isabel Vera – México